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Formación gratuita

Como se gestionan las Subvenciones

 

Con el actual Modelo de Formación Continua, el Servicio Público de Empleo y el Fondo Social Europeo, ponen a disposición de las empresas importantes cuantías económicas para que sean destinadas a la FORMACION PROFESIONAL de sus trabadores.

Todas las empresas que cotizan a la Seguridad Social, tienen un crédito anual para la formación de los trabajadores, proporcional a las cuotas que ingresan mensualmente en concepto de formación profesional. Esto significa que todas las empresas anticipan dinero que sólo pueden recuperar aplicándolo a la formación de sus trabajadores.
Si no se dispone de él antes del 31 de diciembre, se perderá el derecho a la compensación, ya que no es acumulable para ejercicios posteriores.

El crédito para formación de una empresa va a depender también de su tamaño (número medio de trabajadores en el último ejercicio). El tamaño de la empresa también determina la aportación privada que corresponde a cada empresa, que normalmente se justifica realizando parte de la formación en horario laboral

 

  Número de trabajadores
Porcentaje
  Empresas de 250 o más trabajadores
50%
  Empresas 50 a 249 trabajadores
60%
  Empresas de 10 a 49 trabajadores
75%
  Empresas de 6 a 9 trabajadores
100%

Las empresas de 1 a 5 trabajadores dispondrán de un crédito de bonificación por empresa de 420 euros con carácter anual.

Usted es el que decide, porque si no utiliza este dinero para la formación de sus trabajadores, simplemente lo pierde al finalizar el año.

Nuestra especialización como Entidad Organizadora y Formadora nos permite ofrecerle una amplia gama de cursos a la medida de sus necesidades:

La decisión sobre qué trabajadores se van a formar, sobre los contenidos de los cursos, y sobre el centro de formación en el que se van a impartir las acciones formativas, es competencia de la empresa que tiene contratados a los trabajadores, ya que los costes de organización e impartición de las acciones formativas impartidas a los trabajadores se reintegran a las empresas, a través de los Boletines de Cotización a la Seguridad Social, en concepto de formación continua (TC2), e inmediatamente que el trabajador finaliza la acción formativa.

 

TELÉFONO   91 655 39 07

Móvil   650 931 616

info@formacionindustrial.com

NOSOTROS LE LLAMAMOS

Para poder acceder a la formación subvencionada, básicamente, hay que ser trabajador en activo contratado por una empresa con centro de trabajo en España y que cotice a la Seguridad Social. No se incluyen en este sistema los empleados de las Administraciones Públicas. La participación de la empresa en el proceso es indispensable, puesto que es la empresa la que debe asumir el coste de la formación de sus trabajadores para después compensarse este coste en la cuota que paga mensualmente a la Seguridad Social.